La seguridad en el mar

Durante los meses de verano el mar recibe una multitud de visitantes foráneos que coinciden con sus habitantes naturales: los peces. Bañistas, surfistas, embarcaciones de ocio, yates, barcos pesqueros deportivos y profesionales de todos los tamaños … Todos estos actores coinciden en tiempo y espacio, llegando a producirse puntualment, algún que otro daño..


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La experiencia nos dice que la mayor parte de estos incidentes adversos se podrían haber evitado.  Cada parte involucrada tiene ciertos derechos y obligaciones.  Del mismo modo que ocurre en tierra firme, en el mar existe una legislación estricta que regula la convivencia;  la ignorancia no es excusa para evitar un castigo.  La legislación marítima no es para nada fácil, y su extensión y profundidad se asemeja a la terrestre; es por esto que no pretendemos hacer un repaso exhaustivo y miraremos de resumir únicamente las normas particularmente importantes para una correcta convivencia dentro del entorno marino.

La norma principal que siempre prevalecerá es la de proteger al más débil.  Por ejemplo, si una lancha a motor y un bañista se cruzaran, la embarcación tiene que ceder el paso al bañista y rodearlo, ya que el bañista no puede rodear a la embarcación con la fuerza de sus brazos y piernas. En el caso de un cruce entre una lancha a motor y un velero, se aplica el mismo principio: la lancha a motor tiene que ceder el espacio  ya que el velero es menos maniobrable.

Entremos ahora en detalles. Comenzaremos fijándonos en las distancias libres a la costa que hay que dejar para poder pescar:

– Los barcos de pesca de arrastre registrados en la región tienen derecho a pescar a partir de una profundidad de 50 metros. Esta norma, que a primera vista puede parecer vaga, no lo es en absoluto. Las profundidades del mar están detalladamente indicadas tanto en cartas náuticas como en los programas informáticos de cartografía náutica. Las autoridades marítimas saben exactamente en cada punto del mar si un barco pesquero está dentro de la zona legal o no.

– Los pequeños barcos de pesca deben respetar una distancia a la costa de 3 millas náuticas (o marítimas) para empezar su trabajo. (La milla náutica es la unidad de distancia que se usa en el mar, y corresponde la sexagésima parte de un grado de meridiano, por lo que el arco correspondiente a 1 minuto tiene exactamente 1852metros). La misma distancia a la costa de 3 millas se aplica para el aficionado que pesca desde una embarcación, sin importar el sistema empleado (línea, palangre, red, caña..).

La ley es bien clara: si nos encontramos tranquilamente pescando en nuestro barco en la bahía de Llançà, (por tanto nos encontramos a una distancia a la costa, inferior a 3 kilómetros) hemos de saber que estaremos cometiendo una ilegalidad, si bien cabe decir, que ampliamente tolerada. Las redes u otros aparejos para pescar, colocados cerca de la playa, son también ilegales, pero al ser una propiedad privada no se tiene el derecho a tocarlas, a no ser que se quiera incurrir en problemas legales. Si se observa alguna, hay que avisar a la autoridad competente.

Un pescador aficionado debe respetar siempre una distancia de 300m de distancia a los barcos dedicados a la pesca profesional.

En todos los casos se debe tener una licencia de pesca (y un seguro). Se puede conseguir una fácilmente y por poco dinero en cualquier cofradía de pescadores.

Existen 3 tipos de licencia:

Nº1: ​​permite la pesca en toda la superficie del mar

Nº 2: permite a los submarinistas pescar bajo el agua

Nº 3: permite pescar en la superficie y bajo el agua.

Esta última licencia es válida también para los acompañantes.

Generalmente cualquier submarinistas que esté fuera de las zonas marítimas reservadas para los bañistas debe indicar visiblemente su posición con una boya de color naranja para los submarinistas a pulmón, y rojo-blanco para los submarinistas con botella. El submarinista debe permanecer dentro de un diámetro máximo de 15 metros de la boya, y los barcos se deben mantener a una distancia mínima de 25 metros de la misma.

Si un grupo de submarinistas practican su deporte desde una embarcación, ésta debe mantener izada la bandera “Alfa” (azul – blanco: prohibe a las demás embarcaciones acercarse a menos de 100 metros de distancia).

La pesca submarina con botellas y arpón está totalmente prohibida. Incluso pescando con arpón en submarinismo libre/a pulmón y con base en una embarcación, correríamos el riesgo de recibir una sanción si en la embarcación se hallasen botellas de oxígeno.

Únicamente se autoriza a utilizar arpones manuales o impulsados por medios mecánicos, y el fusil no puede tenerse cargado fuera del agua

De noche, tanto el submarinismo con botella como la pesca submarina, están totalmente prohibidos.

El patrón de una embarcación a motor debe estar en posesión del permiso de navegación correspondiente al tamaño de la embarcación y  a la potencia del motor . Las embarcaciones a motor pueden acercarse a la costa a  una velocidad máxima de 3 nudos en las áreas marcada por una boya verde y una roja. Cuando entren dentro de un puerto, lo harán también a una velocidad máxima de 3 nudos.

¿Y los bañistas?

Los municipios tienen la obligación de asegurar las playas para los bañistas con boyas amarillas. En estas zonas los bañistas tienen el derecho de hacer ¡casi cualquier cosa!, aunque con algunas excepciones. En un caso de emergencia, una embarcación puede penetrar en estas zonas delimitadas por boyas.

Este artículo a agun@s les parecerá aburrido  y demasiado restrictivo, lleno de “está prohibido”, “es ilegal”, “hay que respetar”, etc., pero pensamos es mejor estar informado que tenerse que lamentar, aunque también creemos que la convivencia marítima necesita algo más que reglas, sobretodo durante el verano, pero la gente debe respetar las que haya. ¡Os deseamos unas felices vacaciones ya sea en la playa, navegando, pescando.. o bailando en la disco!

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